Por Aldo Facho Dede, arquitecto urbanista
El Congreso peruano aprobó por mayoría casi absoluta (110 votos a favor, 4 en contra y 10 abstenciones) la ley N°28972 que formaliza el transporte terrestre de pasajeros en automóviles colectivos, comúnmente conocidos como los taxis colectivos, excluyendo a Lima Metropolitana y a la Provincia Constitucional del Callao. Dicha ley ha sido fuertemente rechazada por la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y el Callao, las municipalidades provinciales de Lima, Arequipa, Cusco y La Libertad[1], el Colegio de Arquitectos del Perú y otras instituciones especializadas en la materia.
¿Qué son los taxis colectivos? Son un servicio de transporte público ilegal que se da en la mayoría de ciudades del país, como alternativa al sistema formal de transporte o como única opción, tanto para viajes urbanos como para interurbanos.
¿Por qué existen? Porque resuelven una demanda no atendida por el sistema formal, ya sea por ser un medio más rápido y directo, o por ser la única alternativa para realizar viajes urbanos o interurbanos en ciudades donde la demanda no es suficiente para que operen vehículos formales de mayor capacidad.
Entonces, si existen porque responden a una demanda real, ¿cuál es el peligro de formalizarlos? El peligro no es la formalización del servicio per-se, para lo cual no hace falta una Ley, pues, según la Ley Orgánica de Municipalidades, es competencia de los gobiernos locales organizar el transporte público dentro de su jurisdicción, debiendo para ello regular el servicio, apoyándose en el Reglamento Nacional de Vehículos (Decreto Supremo N° 058-2003-MTC[2]) promulgado por el Ministerio de Transporte.
Lo que la Ley habilita es que los vehículos de categoría M1, que son todos los autos diseñados para uso particular y servicio de taxi, puedan ser usados para transporte público de pasajeros de forma similar a la que operan los microbuses y minibuses (categorías M2 y M3), con la diferencia que dichos vehículos no permiten el ascenso y descenso de forma independiente mediante una circulación común, exponiendo la seguridad y la vida de los pasajeros y el conductor.
Además, formalizar el uso de taxis colectivos en equivalencia a las rutas de transporte público urbano es atentar contra los principios de eficiencia, seguridad y ecología que debieran orientar las políticas de movilidad (ONU, OMS, etc.), pues se estaría atomizando la cobertura del servicio en unidades de 8 asientos o menos, con la consiguiente saturación de las vías, reducción de la velocidad de circulación, mayor contaminación y el incremento del riesgo de accidentes.
Según el INEI, cerca del 60% de los accidentes de tránsito involucran vehículos particulares[3], cifra que coincide con las estadísticas de la PNP, que indican que entre el 2005 y el 2015 el 60% de las muertes en carretera fueron de personas a bordo de unidades de categoría M1 o menores[4].
Bueno, pero ¿cómo resolvemos el problema? La solución no es la prohibición, sino la comprensión del fenómeno y la implementación de acciones que permitan resolver esa demanda con servicios más seguros y eficientes. Como ya lo hemos mencionado, esa es la labor de los gobiernos locales, pues dichas acciones deben ser diseñadas de acuerdo a cada contexto.
Es evidente que los taxis colectivos no deben funcionar como alternativa al transporte público urbano, pero si podrían funcionar de forma complementaria, como sucede en otros países de la región y el mundo, siempre con vehículos diseñados para el transporte público de pasajeros. Por ejemplo, en la ciudad de Buenos Aires, ante la existencia de servicios de taxis colectivos (combis) que conectaban a la ciudad con las ciudades de la provincia de Buenos Aires, se implementó un proceso de formalización de las empresas y se habilitaron paraderos oficiales dentro de la ciudad, uno de ellos en lo que era un estacionamiento subterráneo cerca del Obelisco. Con ello se ordenaron los viajes y brindó mayor seguridad a los pasajeros.
Bien podrían funcionar en Lima conectando provincias como Huaral, Canta, Huarochirí y Cañete con estaciones intermodales en las puertas de la ciudad, permitiendo a los pasajeros abordar los sistemas de movilidad masivos como son el metro y el metropolitano.
Lo mismo podría suceder en la mayoría de provincias del país, pero siempre con vehículos que cumplan con las disposiciones del MTC para el transporte público de pasajeros (categorías M2 y M3).
Esta ley, que esperamos muchos que el Ejecutivo observe, pone en evidencia temas de fondo que debieran ser abordados con urgencia y a nivel nacional:
- La explicación de que la ley busca habilitar el uso de vehículos de categoría M1 por que “en algunas ciudades la demanda no justifica vehículos mayores” se basa en un modelo en el cual el prestador del servicio debe asumir todo el riesgo y costos de la operación. En el Perú, los sistemas de transporte más modernos están parcialmente subsidiados por el Estado (metro, metropolitano, telecabinas, etc.), debiendo entenderse que es la única forma de que podamos garantizar el cumplimiento de los estándares mínimos de calidad y seguridad, a la vez que se ofrece un servicio eficiente (frecuencia de viajes y cobertura de rutas).
- El Congreso, lejos de estar promulgando leyes que contradicen las normas nacionales, debiera estar promoviendo el financiamiento para la implementación de planes de movilidad urbana e interurbana a nivel nacional, bajo los estándares más avanzados de servicio, y con acuerdos de financiamiento futuro para la implementación de los mismos.
- Se debe trabajar en el fortalecimiento y la mejor coordinación de la policía nacional y de las autoridades locales, para que la fiscalización, cobro de multas y secuestro de vehículos ilegales e infractores sea eficiente, desincentivando su circulación.
La pandemia provocada por la propagación del covid-19 ha desnudado la precariedad de nuestras ciudades y nos exige enormes retos a nivel nacional. Este es el momento de tomar importantes decisiones que nos acerquen a ese modelo de urbe en el que nuestras vidas y desarrollo estén soportados por un sistema de transporte público inclusivo, eficiente y seguro.
[1] https://elcomercio.pe/peru/ley-de-taxis-colectivos-autoridades-de-arequipa-cusco-y-la-libertad-critican-la-norma-noticia/?ref=ecr
[2] http://transparencia.mtc.gob.pe/idm_docs/normas_legales/1_0_1957.pdf
[3] https://www.inei.gob.pe/media/MenuRecursivo/publicaciones_digitales/Est/Lib1528/cap03.pdf
[4] https://elcomercio.pe/peru/ley-del-taxi-colectivo-formaliza-caos-en-regiones-del-pais-noticia/?ref=ecr